Beneficiarios del Exterior

AFIP - Pagos de Beneficarios del Exterior


A partir del 1/08, los beneficiarios del exterior podrán realizar el pago del Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual. Ley 26522. Señales Extranjeras a través de una Transferencia Bancaria Internacional.

Tiene el mismo costo de una Orden de Pago y debe estar incluido en el monto de la transferencia. Para consultar el costo ingrese en nuestra Tabla de Comisiones/Comercio Exterior.

Además, a través de TBI, podrán pagar el Impuesto a las Ganancias.

Los requisitos de esta operatoria deben consultarse en la página de AFIP http://www.afip.gob.ar/pagoTransferenciaBancaria/billetera-electronica.asp
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