Beneficiarios del Exterior
AFIP - Pagos de Beneficarios del Exterior
A partir del 1/08, los beneficiarios del exterior podrán realizar el pago del Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual. Ley 26522. Señales Extranjeras a través de una Transferencia Bancaria Internacional.
Tiene el mismo costo de una Orden de Pago y debe estar incluido en el monto de la transferencia. Para consultar el costo ingrese en nuestra Tabla de Comisiones/Comercio Exterior.
Además, a través de TBI, podrán pagar el Impuesto a las Ganancias.
Los requisitos de esta operatoria deben consultarse en la página de AFIP http://www.afip.gob.ar/pagoTransferenciaBancaria/billetera-electronica.asp